Contrato de Arras, Mucho ojo, arma de doble filo.
El contrato de arras es una herramienta indispensable para gestionar la compra-venta de un inmueble, pero ojo, mal gestionada es muy peligrosa.
Si has
llegado a este artículo puedes encontrarte en dos situaciones:
·
Ya
tengo comprador/vivienda y tengo que llevar a cabo este proceso
·
Soy
previsor y antes de nada quiero tener claro todo para no liarla
Por
desgracia, todo lo dejamos para lo último, y es muy posible que seas más de los
primeros…. En este caso el tiempo apremia, cada minuto que pasa se puede perder
la gestión, cualquier inseguridad que crees a “la parte contraria” te aleja de
poder cerrar el acuerdo, por lo que…. DEBERÍAS DE HABER LEÍDO ANTES ESTE
ARTICULO!!!!!
En el contrato de arras tienen que venir muy claro varios conceptos, tanto las partes contratantes, el inmueble y sus características como los tiempos para los procesos posteriores si lo hubiera, en este articulo te los vamos a explicar sin tecnicismos:
LAS PARTES
En el
contrato tienen que venir muy definido tanto la parte compradora como la
vendedora, y estar en situación de poder
serlo, es decir, tener todo el poder para realizar la transacción, en la parte
Vendedora, tener poderes/titularidad sin restricciones por terceros para poder gestionar dicha Venta, y en la
parte Compradora, tener la capacidad de pago o herramientas para poder llevar a
cabo la compra. Se deben de introducir
tanto los datos personales como la forma de poder comunicar futuras acciones.
Cualquier error en esta parte, puede darse como nulo el contrato.
EL INMUEBLE
Tenemos que
exponer las características concretas del inmueble, tanto la distribución, como
datos catastrales y registrales, la situación actual de la vivienda. Que falte algún
tipo de dato de la vivienda, VPO, anejos y su situación, Metros respecto catastro/registro puede
complicar y enquistar la transacción, hasta tal punto de que nos cueste un
dolor en el bolsillo……..
PRECIO Y
FORMAS DE PAGO
Como no,
tenemos que dejar claro el importe por el que se tramita la venta, cuanto se
abona como arras, en que formato y cuanto se deja pendiente de pago para elevar
a público (día de las escrituras)
En la gran mayoría
de los contratos se estipula que las cantidades que se aportan en el acto del
contrato, se pierden por parte Compradora si no lleva a acabo la compra y el
Vendedor debe de abonar el doble en caso de no finiquitar la venta en tiempo y forma establecido en el
contrato.
PLAZOS
Aquí se suele
dejar marcado plazos máximos tanto de escrituración como de entrega de la
vivienda (no tiene por qué ser en el mismo acto) Ojo en lo que nos
comprometemos, tanto por un lado como por el otro, si se necesita hipoteca el
proceso se puede enquistar y alargar, el
vendedor le puede pasar lo mismo, con hipoteca o sin ella, si la venta se
realiza como cambio de vivienda habitual y se tiene una sola vivienda…… Se
necesita tiempo para hacer dicha gestión. Hay intermediarios que no conciben
alargar este proceso, ya que muchos de ellos cobran el día de las escrituras públicas
y esto retrasa enormemente el cobrar de sus amplios honorarios.
ESTIPULACIONES
Quien paga
cada impuesto, quien paga cada derrama, situación actual de la vivienda, en qué situación se entrega etc etc etc… existen cientos de estipulaciones, no existe
un contrato igual que el otro, es como intentar ponerte las gafas de ver de
otra persona, las estipulaciones están para
eso, para definir, exponer y dejar por escrito cada pequeño acuerdo que se ha
realizado en la venta, muebles, suministros, derramas, condicionantes….
Lo dicho, en
cada parte del contrato te la juegas a tener paralizada la venta/compra durante
meses, tener que devolver el doble por no especificar no sé qué cosa concreta
de la vivienda o situación concreta de ella, si no te la quieres jugar y no
perder un riñón por la gestión, Nethome.es realiza la venta integra (incluyendo la verificación registral, negociación, redacción
del contrato de arras) por 2.990€ mas I.V.A